
Este artículo me ha parecido muy bueno y os añado un comentario de BETO que hay dentro de la página que lo contiene que es magnífico también y dice :
Por andar chusmeando en la cuenta de tu familiar muerto te podés enterar que era un pedófilo, delincuente, abusador, drogón, que tenía otra familia, que te metía los cuernos con media ciudad, que era hincha de Indenpendiente, que era jugador, que tenía una changa extra y se hacía llamar Yamila (cumple todas tus fantasias), que era tratante de blancas, que le hablaba pestes de vos y toda tu familia. Que te odiaba, que te estaba envenenando…
Mejor que borren todo o que nunca le den acceso a nadie…
EL ARTÍCULO DICE:
Tu correo, tu red social, tus fotos y vídeos publicados en la Red… toda esa «vida digital» es estupenda, pero algo cambia el día en que la palmas. ¿Qué sucede entonces con todos esos contenidos? ¿A quién pertenecen a partir de entonces? ¿Y qué pueden hacer los herederos al respecto?
En Tuenti te borran la cuenta y sus contenidos. En Hotmail le entregan tus correos en un CD a un familiar, si acaso los pide. Y en Gmail, en una especie de poético renacimiento à la Google, la cuenta de correo desaparece automáticamente a los 9 meses de actividad… justo lo mismo que tardaste en nacer. Son solo algunos ejemplos de lo que puede pasar y lo diferente que es la muerte digital de lo que podríamos llamar –por decir algo– «la muerte de toda la vida».
El hipotético protagonista de esta historia tiene poco de que preocuparse, porque lo peor ya ha sucedido: su vida acabó y poco más puede hacer. Se acabo el añadir amiguitos en Facebook o subir las fotos de las últimas vacaciones para reírse con ellas; tal vez ni le dio tiempo a twittear «¡Adiós, mundo cruel!» En estos tiempos que corren, además de dejar tal vez algo de dinero en su banco, media hipoteca sin pagar y un montón de contratos con empresas de telefonía, la compañía de la luz y todo lo demás, hay otro «intangible» en juego: su vida digital.
Para mucha gente, que utiliza Internet como extensión de su vida personal o profesional, el legado que queda atrás puede ser tanto una bendición como una inmensa fuente de problemas. Sus seres queridos le recordarán por sus fotos, sus vídeos o todo aquello que escribió en un blog. Pero al mismo tiempo todo aquello peligra: ¿qué sucede con los dominios alquilados a nombre de una persona que ya no está en este mundo? ¿Pueden los familiares entrar a leer su correo? ¿Quién cobrará a partir de entonces sus cheques de AdSense?
El sentido común y la experiencia dicen que mucha gente que ve llegar el fin de sus días procura dejar todo organizado para evitar ese tipo de problemas a los familiares. Es común dejar un testamento en el que se explican las últimas voluntades, que si bien tiene una validez legal relativa según los casos, cabe esperar que los familiares intenten satisfacer, al menos en lo que respecta a lo «virtual». En ese testamento –o en otro documento preparado a tal efecto– puede haber una lista de sitios e instrucciones, tanto del mundo real como de Internet, con detalles sobre qué hacer. Es la opción que recomiendan los abogados, tal y como publicó CNET en un artículo. Si la persona quiere compartir algo tan íntimo como el contenido de su ordenador o los correos que intercambió en los últimos años basta que incluya en esos documentos las cuentas y contraseñas correspondientes y notifique a una persona de su confianza o a su abogado de su existencia.
Pero la muerte no siempre llega de forma planificada sino que en ocasiones aparece por sorpresa. En ese caso usar el sentido común y decidir entre los más cercanos al difunto lo que es más conveniente parece la mejor idea… aunque siempre estaría supeditada a las limitaciones legales, que en este caso otorgan a los herederos todos sus bienes materiales y «virtuales», por llamarlos de alguna forma. No hay que olvidar que, en cualquier caso, fue la persona fallecida quien firmó los contratos o acuerdos con empresas y servicios durante su vida, y que dichos contratos han de respetarse en lo tocante a su «nueva condición», si es que estaba estipulado. En ocasiones las empresas consideran que ese contrato tiene prioridad y que si la persona ya no existe ellas están capacitadas para tomar las medidas que consideren necesarias con sus datos.
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